Reglas de etiqueta para andar en moto por la CDMX
Reglas de etiqueta para andar en moto por la CDMXPor: Atracción 360. El mercado de las motocicletas en nuestro territorio sigue creciendo a pasos agigantados, no sólo porque representa un medio de transporte que reduce los tiempos de traslado de un punto a otro, aderezado por un bajo consumo de combustible, sino porque también se ha convertido en una herramienta fundamental para el reparto de mercancÃas, sobre todo por el auge de las entregas por aplicaciones.
De hecho, el segmento de las motos de baja cilindrada en nuestro paÃs es el más popular, pues representa la puerta de acceso a este fascinante mundo, y en donde la baja inversión para adquirir una motocicleta de estas caracterÃsticas resulta muy atractivo. Sin embargo, este escenario también ha incrementado el número de motociclistas que, por desconocimiento o por omisión, no respetan el reglamento de tránsito, por lo que en Atracción nos dimos a la tarea de recordarle a las personas que viajan en dos ruedas los requisitos previos antes de ponerse a bordo de una motocicleta en las vialidades de la Ciudad de México. TOMA NOTAEs importante apuntar que, para tripular una moto en la capital del paÃs, es obligatorio contar con una licencia especial, que puede ser de tipo A1, válida para conducir motocicletas, o A2, que permite al usuario manejar tanto automóvil como moto.
Para obtenerlas, todos los motociclistas tendrán la obligación de comprobar sus conocimientos y capacidades para conducir este tipo de vehÃculos, por medio de una certificación avalada por el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER). Del mismo modo es obligatorio que se cuente con un seguro vigente de responsabilidad civil como mÃnimo, el cual no sólo cubrirá los gastos de terceras personas de ser necesario si ocurre algún siniestro, sino que también será necesario para retirar una motocicleta del corralón en caso de haber cometido alguna infracción que haya implicado su remisión. Antes de ponerte en movimiento, es obligación tanto del conductor como de su acompañante utilizar casco de seguridad, diseñado especÃficamente para esta actividad, el cual tiene que ir ajustado perfectamente a la cabeza.
Además, en el caso de las motocicletas, el ArtÃculo 45 del reglamento de tránsito capitalino señala que la placa de circulación o permiso de circulación deberá estar colocada en un lugar visible, con la lectura en dirección hacia la parte trasera del vehÃculo, con una inclinación entre 60° y 120° y con base en su eje horizontal.
Considera que el ArtÃculo 37 advierte que los motociclistas deben circular todo tiempo con las luces traseras y delanteras encendidas, llevar a bordo sólo la cantidad de personas para las que exista plaza disponible o el número señalado en la tarjeta de circulación. En caso de omisión, la sanción será de entre 5 y 20 veces la UMA y la pérdida de tres puntos en la licencia.
Por su parte, el ArtÃculo 21 prohÃbe circular por vÃas ciclistas exclusivas, entre carriles, salvo cuando el tránsito vehicular se encuentre detenido y busque colocarse en el área de espera para motocicletas o en un lugar visible para reiniciar la marcha, sin invadir los pasos peatonales y circular por los carriles laterales de las vÃas de acceso controlado cuando se utilicen motocicletas menores a 250 centÃmetros cúbicos. Este mismo artÃculo también prohÃbe circular en vÃas en las que exista señalización vial que expresamente restrinja su circulación, carriles centrales y segundos niveles de vÃas de acceso controlado y hacer maniobras riesgosas o temerarias, cortes de circulación o cambios abruptos de carril que pongan en riesgo su integridad y la de terceros.
En estos casos, las sanciones por no respetar las reglas oscilan entre las 10 y las 30 veces la UMA y perder entre 1 y 6 puntos de la licencia. |
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04/03/2022
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