Secciones Cómo tramitar el permiso de carga ocasional

Cómo tramitar el permiso de carga ocasional.



Por: Atracción 360.


Llegó la época del año en la que muchos sacan la tarjeta de crédito, el aguinaldo o los guardaditos para aprovechar las ofertas que hacen  millones de establecimientos durante este Buen Fin en México, que termina el 20 de noviembre. 

 

Pantallas y electrodomésticos, entre otros artículos de gran tamaño, son las principales atracciones en estos días, de acuerdo con un estudio de la consultora de mercado Atlantia Search, artículos que  muchas veces no caben en la cajuela de nuestro auto para poder transportarlas, por lo que debe recurrirse a servicios de fletes que a veces conllevan cobros extra y riesgos de daños a los artículos.  


Para que estrenes sin preocupaciones, debes saber que tu auto puede convertirse en un vehículo de carga provisional, para que estés más tranquilo al llevar tus cosas por ti mismo. 


Lo primero que debes saber es que puedes transportar objetos en la parte superior de tu auto sin problemas, pero deben ir bien sujetos y no deben superar las dimensiones de tu coche, si lo hacen necesitarás de un permiso especial.


En la CDMX, de acuerdo con el artículo 82 del Reglamento de la Ley de Movilidad, se requiere este documento cuando se transporten objetos en vehículos de uso particular; en unidades de carga de hasta 1.5 toneladas y de pasajeros, en caso de que los artículos personales tengan un volumen que rebase verticalmente no más de 50 cm las dimensiones del auto o a los costados, así como al desplazar cosas en los asientos, los cuales obstaculicen la visibilidad del conductor.


Pero pon mucha atención porque en caso de no contar con el permiso o que la carga no esté bien sujeta, podrás ser sancionado hasta con 1,738 pesos, según el artículo 37 y 38 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México. 

 

En carretera, la sanción es de hasta 5,213 pesos y el auto podrá ser remitido a un corralón autorizado por la SCT, según el artículo 36, 75 y 77 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

 

Recuerda, siempre debes señalar el exceso de carga con banderolas en los extremos de la carga para advertir a los demás conductores, de lo contrario podrías ser infraccionado hasta 3,776 pesos, de acuerdo con el artículo 77 del código vial en carreteras y el 41 del de la capital del país.

 

En la CDMX

 

  • Reúne. Ten a la mano copia y original de:
  • Identificación Oficial.
  • Factura o carta factura del vehículo que usarás.
  • Comprobante de domicilio.
  • Tenencia actual y 5 anteriores.
  • Póliza de Seguro Vigentes
  • Tarjeta de Circulación
  • Descarga. Obtén tu línea de captura en data.finanzas.cdmx.gob.mx para que puedas realizar el pago del trámite.
  • Paga. Podrás cubrir los 107 pesos de los derechos en la misma página de la CDMX o en efectivo llevando tu línea de captura a alguno de los centros autorizadas para recibir el monto.
  • Saca tu cita. Ingresa a la página app.semovi.cdmx.gob.mx/citas/ para elegir hora, fecha y módulo donde deseas realizar el trámite.
  • Acude. Llega puntual, 15 minutos antes de tu cita, con cubrebocas y sin acompañantes con todos los documentos solicitados.
  • Vigencia. El permiso podrá ser utilizado durante los siete días siguientes a su expedición.

 

En la Carretera

 

  • Solicita. Podrás solicitarlo a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para transportar bienes propios. Necesitas los mismos documentos que para la CDMX, más:
  • El prerregistro que te entregan en los módulos si haces el trámite presencial o la solicitud con e.firma para el proceso digital que puedes hacer en la página sct.gob.mx.
  • Registro Federal de Contribuyentes.
  • Acta de nacimiento o cartilla.
  • Certificado de emisión de contaminantes.
  • Dictamen de condiciones físico-mecánicas.
  • Pago por el trámite de 1,921 pesos.
  • Acude. El trámite y entrega del permiso se hace en las oficinas de la Dirección General de Autotransporte Federal o en el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT, los cuales puedes ubicar en la página sct.gob.mx.
25/11/2020